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Ordenanza General Reguladora de Subvenciones del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria

Según dispone el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se acompaña el documento con la
información precisa para poder pronunciarse sobre la materia.

Los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que lo consideren oportuno pueden hacer llegar sus
aportaciones al respecto en el plazo de VEINTE DÍAS HÁBILES desde el día siguiente a esta
publicación en el sitio web municipal, mediante el formulario a su disposición en el trámite Aportación
en el trámite de consulta pública previa sobre elaboración normativa, disponible en el siguiente
enlace.
https://sedeelectronica.laspalmasgc.es/web/fichaAsunto.do?opcion=0&op=25&entidad=&idioma=1&asas_ide_asu=4439&nocache=0.6800259558934467

No obstante, los interesados también podrán presentar sus aportaciones por escrito en los lugares
previstos en el artículo 16.4 de la LPACAP (estos son: registro electrónico del Ayuntamiento; oficinas
de asistencia en materia de registros; correo y representaciones diplomáticas u oficinas consulares
de España en el extranjero, y, en cualquier otro registro que establezcan las disposiciones vigentes).

Inicio del plazo:        9/04/2026
Último día del plazo:  7/05/2026

Providencia de sustanciación de la consulta pública previa (pdf)